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Una vez que has cubierto la necesidad más apremiante como el servicio funerario es momento de revisar los beneficios legales correspondientes como la cuenta individual de quien falleció en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afores).
El dinero que tenía en la cuenta de Afore ahora forma parte de tu patrimonio si eres beneficiario(a), por lo que podrás disponer de los recursos ahorrados en su cuenta, siempre y cuando se cumplan con las condiciones que establecen las leyes de seguridad social. Esto aplica tanto para trabajadores y trabajadoras que cotizan en el IMSS como en el ISSSTE.
Existen los beneficiarios(as) legales y sustitutos(as).En el primer caso, se encuentra la viuda o viudo si dependió económicamente del trabajador/a; las y los hijos menores de 16 años o mayores si no pueden mantenerse por su propio trabajo o están estudiando hasta los 25 años; los padres (si vivían en el hogar del trabajador/a) y a la falta de cónyuge, la concubina o el concubinario si dependió económicamente del trabajador/a.
Los beneficiarios(as) sustitutos(as), que aplican únicamente a falta de los legales, son quienes tienen elementos para solicitar a un(a) juez que los designe como tales. Para ello, es necesario acudir con la representación de un/a abogado/a al Tribunal o a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que emitirá el fallo correspondiente, dependiendo en que institución haya cotizado el o la fallecida.En caso de que requieras hacer este trámite y no cuentas con un(a) abogado(a), puedes llamar al teléfono 800 717 29 42 de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para que te asignen uno de manera gratuita.
Es importante que sepas en qué Afore se encontraba afiliado(a), así como los requisitos que se deberán cumplir para solicitar el saldo de la cuenta individual. El plazo para hacerlo es de 10 años, y en caso de no ejercerse este derecho, el dinero junto con los rendimientos pasará automáticamente al IMSS o ISSSTE.
La Unidad Especializada de Atención al Público (UEAP) de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) te brinda asesoría gratuita, realización de trámites, retiro de recursos parciales y totales, canalización o resolución de problemáticas, entre otros. Para conocer teléfonos y direcciones de las UEAP de la Afore llama al 800 50 00 747 o consulta www.consar.gob.mx.
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