
Primer paso ante un fallecimiento
REQUISITOS PARA LEVANTAMIENTO DE CUERPO
ANTE CUALQUIER SITUACIÓN TENER A LA MANO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS
DEL HOY OCCSISO
1.- ACTA DE NACIMIENTO ORIGINAL NO MAYOR A 3 MESES
2.- CURP ACTUALIZADO
3.- CREDENCIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA
4.- ACTA DE MATRIMONIO EN SU CASO
DEL FAMILIAR (INDISPENSABLE FAMILIAR DE PRIMER GRADO)
EJEMPLO: (PADRE, MADRE, ESPOSA O CONCUBINARIO, LOS DESCENDIENTES, LOS HERMANOS, EL ADOPTADO O EL ADOPTANTE; CONFORME AL ORDEN EXPRESADO).
1.- CREDENCIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA
(INE, PASAPORTE VIGENTE, CEDULA PROFESIONAL).
2.- ACTA DE NACIMIENTO (NO MAYOR 3 MESES).
3.- ACTA DE MATRIMONIO.
Cuando ocurre el deceso el primer paso es efectuar ciertos trámites administrativos necesarios para la realización del servicio funerario como:
Certificado médico de defunción. Este lo emite personal médico con cédula profesional. Si el deceso ocurre en alguna institución médica o en el domicilio del difunto(a) es el personal médico tratante quien lo emite. Cuando la persona fallece por muerte violenta u otra circunstancia distinta a la natural, es necesario dar aviso al Ministerio Público, quien designará a un médico forense para que investigue las causas del fallecimiento. Este se encargará de expedir el certificado.
Orden de inhumación o incineración y acta de defunción. Estos documentos los emite un(a) Juez del Registro Civil. Debes presentar el certificado médico de defunción e identificación oficial de la persona que efectúe el trámite el cual es gratuito.
Posteriormente, debes llamar a una agencia funeraria donde vayas a adquirir o hayas adquirido el servicio funerario con antelación (ten a la mano la póliza de servicios) para que te brinden la asesoría correspondiente de acuerdo con las circunstancias del caso y los deseos de la familia o del fallecido o fallecida respecto a la inhumación o cremación del cuerpo.Considera que el servicio en la agencia funeraria tendrá un precio distinto según sus propias características. La mayoría incluye inhumación, trámite del acta de defunción, traslado del cuerpo, ataúd, sala de velación y carroza.
Al respecto la NOM-036-SCFI-2007 referente a prácticas comerciales y requisitos de información en la comercialización de servicios funerarios especifica que las agencias funerarias deben contar con contrato registrado en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) con el fin de verificar que éste no contenga cláusulas abusivas o perjudiciales para tus intereses.
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